En defensa del Sistema Público de Pensiones, el 17 de marzo todos y todas a la calle, nuestra mejor barricada.
El artículo 50 de la CE es de obligado cumplimiento: …“Los poderes públicos garantizarán mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad…”
Este mandato es de obligado cumplimiento para cualquier “poder legislativo y ejecutivo” que deben garantizar siempre y en cualquier momento histórico, el derecho fundamental a pensiones suficientes y adecuadas para todas las personas.
Nos encontramos con un principio de “legalidad”, donde nuestro sistema público de Pensiones, siempre gozará de suficiencia económica, es decir ingresos, para garantizar pensiones adecuadas y suficientes (de ahí las actualizaciones periódicas según el coste de la vida) para todas las personas de la tercera edad.