Datos laborales de interes :
SMI en 2013 es 645,30 € por 14 pagas. Cuantía anual 9.034,2 €. (Subida 0,608 %)
IPREM en 2013 es 532,51 € por 12 ó por 14 pagas, según los casos. (Igual que en 2010)
En BOE 28/12/2012, Ley 17/12, disposición adicional 82ª.
BASES DE COTIZACIÓN
La Base Máxima de cotización en 2013 es 3.425,70 €/mes.La Base Mínima ordinaria de cotización de autónomos en 2013 es 858,60 €/mes.
La Base de cotización de empleados hogar 2013 es según escala, máximo 790,65 €/mes; se recupera que pueda cotizar el trabajador si dedica menos de 60 horas/mes.
En BOE 28/12/2012, Ley 17/12, artículo 113;
En BOE 31/12/12, RDley 29/12, artículo 1-4, DA 2ª y DT.
IPC pensiones
IPC noviembre 2012 para revisión pensiones 2,9%, pero no se aplica en este año 2012.IPC previsto 2013 para revalorización, no se aplica en este año.
Subida pensiones 1%, salvo las mínimas y la inferiores a 1.000 € que se incrementan 2%.
En BOE 28/12/2012, Ley 17/12, artículos 39 y 43, y
BOE 1/12/2012 RDley 28/12 artículo 2 y DA 2ª, y
BOE 31/12/2012, RDley 29/12, artículo 5.
IPC 2012 a 31 diciembre 2,9 % (pendiente de confirmar).
PENSIONES 2013
Pensión máxima 2.548,12 euros por 14 pagas al año.Pensión mínima mayor 65 años con cónyuge a cargo 778,90 € por 14 pagas/año.
Pensión mínima mayor 65 años unipersonal 631,30 € por 14 pagas/año.
Pensión mínima mayor 65 sin cónyuge a cargo 598,80 € por 14 pagas/año.
Pensión SOVI 403,70 € por 14 pagas al año.
Pensión no contributiva 364,90 € por 14 pagas al año. Estos pensionistas tienen posible ayuda para alquiler de vivienda de 525 €/año en un solo pago.
En BOE 28/12/2012, Ley 17/12, artículos 42, 45, 47, 48 y 49, y en BOE 31 dic RDley 29/12, Anexo.
Por cada hijo a cargo menor hasta 18 años, 291 €/año, igual que en 2010, si se cumplen requisitos. Si el menor es con discapacidad de 33% o más, 1.000 €/año, igual que en 2010.
Por hijo mayor de 18 con 65% o más de discapacidad, 4.378,8 €/año (364,90 € por 12).
Por hijo mayor de 18 con 75% o más de discapacidad, 6.568,80 €/año.
En BOE 28/12/2012, Ley 17/12, DA 28ª.
IRPF
Queda suprimida la deducción por inversión en vivienda efectuada a partir de 1/1/13.
En BOE 28/12/2012, Ley 16/12, artículo 1.
BONIFICACIÓN
La recolocación por razón de embarazo, lactancia o enfermedad profesional conlleva reducción de cotización 50% cuota empresarial por contingencias comunes.
En BOE 28/12/2012, Ley 17/12, disposición adicional 77ª.
INTERÉS LEGAL DEL DINERO
El interés legal del dinero queda establecido en 4,0 % para 2013.El interés de demora en 5,0 % durante 2013.
En BOE 28/12/2012, Ley 17/12, disposición adicional 39ª.
PERMISO DE PATERNIDAD
El permiso de paternidad de 4 semanas (Ley 9, BOE 7/10/09) se aplaza otra vez: 1/1/14
En BOE 28/12/2012, Ley 17/12, disposición final 18ª.
REFORMA EN MARCHA JUBILACIÓN y otras pensiones
Ya están en vigor 1/1/13 los cambios (ley 27/2011) en jubilación (progresivamente: 67 años si no se tiene 38,5 cotizados; base con 25 años; 100% con 37 años), en incapacidad permanente (rebaja en cálculo de la pensión) etc.
Pero ha quedado en suspenso por tres meses el cambio de Jubilación Anticipada y de Jubilación Parcial, porque para 1/4/2013 se habrá producido nuevo cambio legal.
En BOE 31/12/2012, RDley 29/12, disposición adicional primera.
Quienes estén pendientes de jubilarse venidos de un ERE… anterior a agosto 2011, deben llevar al INSS antes de 31/3/2013 el ACUERDO por el que quedó despedido, para que puedan acogerse al sistema anterior de jubilación.
En BOE 31/12/12, Real Decreto 1716, artículo 4.
SUPRESIÓN ACCIÓN SOCIAL EN PERSONAL
Las previsiones de gastos de acción social de convenios, pactos y acuerdos de empleados públicos quedan en suspenso.
En BOE 28/12/2012, Ley 17/12, disposición adicional 24ª.
La Comunidad de Madrid sólo preserva capítulos de préstamos, anticipos y transporte.
En BOCM 29/12/12, ley M 7/12, artículo 21; ver también DA 10ª y DA 11ª.
CÓDIGO PENAL
Los Sindicatos ya no están exentos de responsabilidad penal en actuaciones que se ejecuten por su cuenta y en su beneficio.
En BOE 28/12/12, Ley Org 7/12, preámbulo II y art. 1.Uno.
AUSENCIA POR ENFERMEDAD
Los empleados públicos del Estado y sus empresas sólo tendrán cuatro días al año por enfermedad sin descuento.
En BOE 28/12/12, Ley 17/12, DA 38ª, y en BOE 29/12/12, OrdenHAP 2802, artículo 3.
Madrid, 3 de Enero de 2013.- Asesoría Jurídica CGT Madrid CLMyE.
Hoja laboral 2013 -CGT MCLM-EX
Enlaces de interés:
- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
- Ley 13/2012, de 26 de diciembre, de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social.
- Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social.
- Ley Orgánica 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.
- Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
- Orden HAP/2802/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrolla para la Administración del Estado y los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma, lo previsto en la disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, en materia de ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.
- Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
- Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social.
- Real Decreto 1716/2012, de 28 de diciembre, de desarrollo de las disposiciones establecidas, en materia de prestaciones, por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
- Real Decreto 1717/2012, de 28 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2013.
- LEY 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013.
- LEY 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. (Comunidad de Madrid)