Nos han hecho entrega de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (sección primera), de diecisiete de enero de dos mil catorce, en la que estimando el recurso de apelación interpuesto por el ABOGADO DEL ESTADO se anula la Sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 7 de 19 de julio de 2013, por la que se estimó nuestro recurso en el que se solicitó se hicieran públicas las cantidades que en concepto de productividad se repartían en el FEGA.
La sentencia de la Audiencia Nacional, que no compartimos, al iguan que numerosa jurisprudencia contraria, no es susceptible de recurso, por lo que de momento y hasta que se pronuncie el Tribunal Supremo, o cambie la legislación, la Administración podría seguir practicando con absoluta opacidad, arbitrarios repartos del dinero público según criterio discreccional del politico de turno que nombrado a dedo, premie o castigue a los funcionarios a su cargo.
Desde nuestro sindicato y desde esta sección sindical seguiremos luchando y denunciando aquellas situaciones que como esta, contribuyen al deterioro de una función pública, en la que la gestión de los recursos públicos se convierte en el asunto privado de unos pocos, a los que se les pone en su mano la perversa herramienta para que se prime el amiguismo y el pasilleo por encima de la profesionalidad, independencia y objetividad del empleado público.